Investigación penal y criminal / Fraude y falsedad documental
Fraude y falsedad documental
Verificación de documentos, firmas e información sospechosa ante posibles casos de falsificación, para respaldar su denuncia o proceso legal.

Un delito contra la fe pública
El Código Penal colombiano dedica un capítulo completo a la falsedad documental, por tratarse de un delito que afecta la confianza que la sociedad deposita en los documentos. La falsedad en documento público (Artículo 287) se sanciona con 3 a 6 años de prisión —hasta 8 años si la comete un servidor público en ejercicio de sus funciones—, mientras que la falsedad en documento privado (Artículo 289) contempla prisión de 16 a 108 meses, cuando el documento falsificado además fue utilizado.
Verificamos autenticidad de firmas, contratos, certificados y otros documentos, así como posibles inconsistencias que sugieran manipulación, para que cuente con un respaldo sólido antes de presentar su denuncia.
- Verificación de autenticidad de documentos y firmas.
- Identificación de inconsistencias o alteraciones.
- Documentación del hallazgo con fecha y contexto.
- Informe apto para respaldar su denuncia o proceso.
¿Para quién es este servicio?
Para personas o empresas que sospechan haber sido víctimas de un documento falsificado —un contrato, una firma, un certificado, un título valor— y necesitan verificar esa sospecha antes de actuar legalmente.
¿Por qué verificar antes de actuar?
Acusar de falsedad sin verificación puede generar consecuencias legales si la sospecha resulta infundada. Por otro lado, ignorar un documento posiblemente falso puede comprometer sus derechos patrimoniales o legales. Verificar con método profesional le permite actuar con la certeza necesaria.
Dos tipos, dos tratamientos legales
Documento público
Expedido por una entidad estatal o notario. La falsedad se consuma con solo crear o alterar el documento (Art. 287), sin necesidad de usarlo.
Documento privado
Entre particulares: contratos, facturas, pagarés. La falsedad exige además el uso del documento falso (Art. 289).
Proceso de verificación
Consulta confidencial
Nos comparte el documento en cuestión.
Evaluamos el caso
Definimos qué verificaciones son viables.
Verificación técnica
Análisis de firmas, contenido y consistencia.
Entregamos el informe
Para respaldar su denuncia o proceso.
Cobertura del servicio
Atendemos casos en Bogotá y en cualquier ciudad de Colombia.
Lo que no hacemos
No somos peritos grafológicos certificados ante un juzgado ni sustituimos un dictamen técnico oficial cuando el proceso lo requiere; en esos casos coordinamos con el perito correspondiente. No sustituimos a la Fiscalía en la investigación penal del delito.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre documento público y privado?
El público lo expide una entidad estatal o notario; el privado es entre particulares. Las penas y requisitos legales son distintos para cada uno.
¿Pueden confirmar si una firma es falsa?
Podemos realizar una verificación inicial; en procesos judiciales formales suele requerirse un peritaje grafológico oficial.
¿Cuánto tiempo tengo para denunciar?
Depende de la modalidad y las circunstancias; recomendamos actuar lo antes posible una vez detectada la irregularidad.
¿Sirve para casos de suplantación de firma en contratos?
Sí, es uno de los casos más frecuentes que atendemos dentro de este servicio.
¿Trabajan con mi abogado?
Sí, coordinamos directamente con su representante legal si lo autoriza.
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