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Competencia desleal
Investigación y documentación de prácticas de competencia desleal que puedan estar afectando a su empresa, dentro del marco de la Ley 256 de 1996.

Un marco legal claro, con 12 conductas definidas
La Ley 256 de 1996 protege la libre y leal competencia en Colombia, definiendo 12 tipos de actos considerados desleales: desviación de clientela, confusión, engaño, descrédito, explotación de la reputación ajena, violación de secretos empresariales y inducción a la ruptura contractual de trabajadores, proveedores o clientes, entre otros. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) es la autoridad encargada de investigar y sancionar estas conductas, con multas que pueden llegar hasta 2.000 SMLMV.
La competencia desleal puede tomar muchas formas: un excolaborador que se lleva la base de datos de clientes, un proveedor que comparte información confidencial con un competidor, o una empresa que difunde información falsa para desprestigiarlo. Documentamos estos hechos de forma legal para que su empresa cuente con información sólida antes de acudir a la SIC o a un juez civil.
- Identificación de patrones de desvío de clientes o información.
- Documentación de hechos relevantes para su empresa.
- Verificación de posibles vínculos con la competencia.
- Informe apto para respaldar decisiones legales ante la SIC.
¿Para quién es este servicio?
Para empresas de cualquier tamaño que sospechan que un competidor, un excolaborador o un tercero están usando información confidencial, desviando clientes mediante engaño o difundiendo información falsa que afecta su reputación comercial. Es especialmente relevante cuando la pérdida de clientes o la caída en ventas coincide con la salida de un empleado clave o la entrada de un nuevo competidor con prácticas sospechosas.
¿Por qué documentar antes de demandar?
La Ley 256 de 1996 exige que las demandas de competencia desleal ante la SIC se presenten a través de abogado, con evidencia sólida que sustente cada conducta específica. Además, el plazo para ejercer la acción es de solo 2 años desde que se conocen los hechos. Sin documentación adecuada, un caso legítimo puede debilitarse o incluso perderse por falta de pruebas. Investigar a tiempo, de forma profesional, le da a su abogado los elementos necesarios para construir un caso sólido desde el principio.
Proceso de investigación
Analizamos el caso
Qué conducta específica sospecha.
Identificamos patrones
Revisamos pérdida de clientes o información.
Documentamos hallazgos
Recolectamos evidencia dentro del marco legal.
Entregamos el informe
Apto para respaldar una acción ante la SIC.
Cobertura del servicio
Atendemos empresas en Bogotá y en cualquier ciudad de Colombia.
Desviación de clientela
Uso de información privilegiada para captar clientes de forma indebida.
Violación de secretos
Divulgación de información confidencial obtenida con deber de reserva.
Inducción a ruptura contractual
Incitar a empleados o proveedores a incumplir sus obligaciones contractuales.
Descrédito y confusión
Difundir información falsa o imitar productos para confundir al mercado.
Lo que no hacemos
No somos abogados y no presentamos la demanda ante la SIC en nombre de su empresa. Nuestro rol es de investigación y documentación, siempre en coordinación con su asesor legal.
Preguntas frecuentes
¿Qué se considera competencia desleal en Colombia?
La Ley 256 de 1996 define 12 conductas, entre ellas el uso indebido de información confidencial, desvío de clientes y descrédito de la empresa por parte de un competidor.
¿Puedo usar esta información en un proceso ante la SIC?
Puede aportar valor si se obtiene legalmente; recomendamos coordinar con su abogado para presentar la acción.
¿Cuánto tiempo tengo para actuar?
La ley establece un plazo de 2 años desde que usted conoce los hechos de competencia desleal.
¿Trabajan con empresas de cualquier tamaño?
Sí, adaptamos el alcance del servicio según el tamaño y necesidad de cada empresa.
¿Necesito tener una relación de competencia directa con el infractor?
No necesariamente; la ley no exige relación de competencia directa, basta con participar en el mercado y ver afectados sus intereses económicos.
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